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En España, se puede donar en vida una vivienda. Este acto totalmente altruista debe seguir una serie de requerimientos legales para formalizarse. En esta guía, analizamos todo lo que se debe tener en cuenta a la hora de donar una vivienda y hacer del proceso un trámite sencillo. 

 

Una de las vías más utilizadas para anticipar la transmisión de bienes a los hijos (o herederos) son las donaciones en vida. Algo habitual con los inmuebles. En realidad, existen varios motivos por los que optar a donar una vivienda. Puede ser con el deseo de adelantar una herencia, para ayudar a un familiar o para optimizar las bonificaciones fiscales. 

Eso sí, donar una vivienda no está exento de seguir ciertos requisitos. A la hora de donar un inmueble es necesario, en primer lugar, acudir a un notario y formalizar la operación. Además, se recomienda, entre otros consejos, liberar antes al inmueble de cargas o impuestos. 

La donación de un inmueble se define como un acto unilateral y gratuito por el cual el donante traspasa la propiedad de un bien a favor de otra persona (el donatario) sin recibir nada a cambio.

Esta donación en vida de un inmueble, en realidad, puede hacerse a favor de cualquier persona y ser el resultado de distintas situaciones. Es, además, un acto sin contraprestación económica por parte del beneficiario. 

Las donaciones de vivienda más habituales son:

  • Donación de padres a hijos para una vivienda habitual
  • Donación de padres a hijos de una vivienda no habitual
  • Donación de nuda propiedad de un inmueble a los hijos
  • Donación de una vivienda a otros familiares o a terceros

En definitiva, una donación de una vivienda es un acto unilateral y gratuito que tiene implicaciones legales y que está sujeto al pago de impuestos. Es, por lo tanto, una operación altruista cuya tributación varía en cada caso particular y en función, por ejemplo, del valor del inmueble. 

Para donar una vivienda en España, es necesario acudir a un notario para formalizar la operación mediante una escritura pública de donación. También se deben aceptar las cargas del inmueble y pagar los impuestos de Donaciones y Plusvalía Municipal. Con todo ello, se podrá inscribir la escritura en el Registro de la Propiedad. 

Estos son los pasos a seguir: 

Preparación y Notaría:

  • Reunir toda la información personal del donante y donatario, así como la documentación de la propiedad (escrituras, certificado de eficiencia energética, etc.).
  • Acudir a un notario para formalizar la operación mediante una escritura pública de donación. Este requisito es indispensable para la validez legal del acto.

Aceptación del Donatario:

  • La donación debe ser expresamente aceptada por el donatario en la misma escritura pública.

Liquidación de Impuestos (Responsabilidad del Donatario):

  • El donatario debe liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). Este impuesto está transferido a las Comunidades Autónomas, por lo que las bonificaciones y tipos impositivos varían drásticamente.
  • El donatario también debe liquidar el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) o Plusvalía Municipal, que grava el incremento de valor del suelo urbano entre el momento de la adquisición por el donante y el momento de la donación. Debe liquidarse en el Ayuntamiento donde esté ubicado el inmueble.

Obligación Fiscal del Donante (IRPF):

  • El donante debe reflejar esta operación en su próxima declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). La donación se considera una transmisión patrimonial y, si existe ganancia (es decir, si el valor del inmueble en el momento de la donación es superior al valor de adquisición), deberá tributar por ella en la base imponible del ahorro.

Inscripción en el Registro:

  • Una vez liquidados todos los impuestos, el donatario debe registrar la escritura de donación en el Registro de la Propiedad. Con este paso, el cambio de titularidad pasa a ser plenamente efectivo y oponible a terceros.

La planificación patrimonial a través de la donación no es solo un trámite, sino una decisión estratégica que permite al propietario optimizar la fiscalidad en vida y asegurar una transferencia de bienes ordenada. Sin embargo, la complejidad de la legislación, las implicaciones en el IRPF por la posible ganancia patrimonial y la variación de impuestos entre Comunidades Autónomas hacen que este camino no admita errores. 

Confiar en un experto es la única forma de garantizar que la donación cumpla su objetivo fiscal y legal, evitando costes inesperados o problemas futuros para el donatario. La donación es una solución a medida: asegúrate de que tu estrategia patrimonial cuenta con el análisis y la experiencia que merece.


 

Guía definitiva para donar una vivienda

Vivienda7 de octubre de 2025

En España, se puede donar en vida una vivienda. Este acto totalmente altruista debe seguir una serie de requerimientos legales para formalizarse. En esta guía, analizamos todo lo que se debe tener en cuenta a la hora de donar una vivienda y hacer del proceso un trámite sencillo. 

 

Una de las vías más utilizadas para anticipar la transmisión de bienes a los hijos (o herederos) son las donaciones en vida. Algo habitual con los inmuebles. En realidad, existen varios motivos por los que optar a donar una vivienda. Puede ser con el deseo de adelantar una herencia, para ayudar a un familiar o para optimizar las bonificaciones fiscales. 

Eso sí, donar una vivienda no está exento de seguir ciertos requisitos. A la hora de donar un inmueble es necesario, en primer lugar, acudir a un notario y formalizar la operación. Además, se recomienda, entre otros consejos, liberar antes al inmueble de cargas o impuestos. 

Donación de vivienda: concepto y tipos

La donación de un inmueble se define como un acto unilateral y gratuito por el cual el donante traspasa la propiedad de un bien a favor de otra persona (el donatario) sin recibir nada a cambio.

Esta donación en vida de un inmueble, en realidad, puede hacerse a favor de cualquier persona y ser el resultado de distintas situaciones. Es, además, un acto sin contraprestación económica por parte del beneficiario. 

Las donaciones de vivienda más habituales son:

  • Donación de padres a hijos para una vivienda habitual
  • Donación de padres a hijos de una vivienda no habitual
  • Donación de nuda propiedad de un inmueble a los hijos
  • Donación de una vivienda a otros familiares o a terceros

En definitiva, una donación de una vivienda es un acto unilateral y gratuito que tiene implicaciones legales y que está sujeto al pago de impuestos. Es, por lo tanto, una operación altruista cuya tributación varía en cada caso particular y en función, por ejemplo, del valor del inmueble. 

Paso a paso para la donación de una vivienda

Para donar una vivienda en España, es necesario acudir a un notario para formalizar la operación mediante una escritura pública de donación. También se deben aceptar las cargas del inmueble y pagar los impuestos de Donaciones y Plusvalía Municipal. Con todo ello, se podrá inscribir la escritura en el Registro de la Propiedad. 

Estos son los pasos a seguir: 

Preparación y Notaría:

  • Reunir toda la información personal del donante y donatario, así como la documentación de la propiedad (escrituras, certificado de eficiencia energética, etc.).
  • Acudir a un notario para formalizar la operación mediante una escritura pública de donación. Este requisito es indispensable para la validez legal del acto.

Aceptación del Donatario:

  • La donación debe ser expresamente aceptada por el donatario en la misma escritura pública.

Liquidación de Impuestos (Responsabilidad del Donatario):

  • El donatario debe liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). Este impuesto está transferido a las Comunidades Autónomas, por lo que las bonificaciones y tipos impositivos varían drásticamente.
  • El donatario también debe liquidar el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) o Plusvalía Municipal, que grava el incremento de valor del suelo urbano entre el momento de la adquisición por el donante y el momento de la donación. Debe liquidarse en el Ayuntamiento donde esté ubicado el inmueble.

Obligación Fiscal del Donante (IRPF):

  • El donante debe reflejar esta operación en su próxima declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). La donación se considera una transmisión patrimonial y, si existe ganancia (es decir, si el valor del inmueble en el momento de la donación es superior al valor de adquisición), deberá tributar por ella en la base imponible del ahorro.

Inscripción en el Registro:

  • Una vez liquidados todos los impuestos, el donatario debe registrar la escritura de donación en el Registro de la Propiedad. Con este paso, el cambio de titularidad pasa a ser plenamente efectivo y oponible a terceros.

En conclusión

La planificación patrimonial a través de la donación no es solo un trámite, sino una decisión estratégica que permite al propietario optimizar la fiscalidad en vida y asegurar una transferencia de bienes ordenada. Sin embargo, la complejidad de la legislación, las implicaciones en el IRPF por la posible ganancia patrimonial y la variación de impuestos entre Comunidades Autónomas hacen que este camino no admita errores. 

Confiar en un experto es la única forma de garantizar que la donación cumpla su objetivo fiscal y legal, evitando costes inesperados o problemas futuros para el donatario. La donación es una solución a medida: asegúrate de que tu estrategia patrimonial cuenta con el análisis y la experiencia que merece.


 

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