Blog Servihabitat
Novedades del sector inmobiliario
Blog Servihabitat
Novedades del sector inmobiliario
Estás recibiendo una alerta de inmuebles similares a un inmueble que contactaste:
Regístrate como usuario para poder gestionar manualmente futuras alertas.
Tendencias 29 de enero de 2025
Última oportunidad fiscal: deducción por cancelación de hipotecas de casas compradas antes de 2013
Vivienda 27 de enero de 2026
Cómo revalorizar un piso: las reformas y mejoras que disparan el precio de tu vivienda
La deducción por inversión en vivienda habitual desapareció para las nuevas compras a partir de 2013, pero si adquiriste tu casa antes de esa fecha aún puedes disfrutar de un derecho fiscal importante. Un cambio reciente en el criterio administrativo permite algo que hasta ahora no estaba claro: deducir en el IRPF la cancelación de la hipoteca, incluso cuando se paga con el dinero obtenido tras vender la vivienda.
La deducción por inversión en vivienda habitual fue uno de los incentivos fiscales más extendidos en España durante décadas. Permitía deducir un porcentaje de las cantidades destinadas cada año a la compra o rehabilitación de la vivienda habitual.
Aunque, desde el 1 de enero de 2013, esta deducción quedó suprimida para las nuevas adquisiciones, la normativa incluyó un régimen transitorio para proteger a quienes ya habían comprado su vivienda con anterioridad. Gracias a este régimen, hoy miles de contribuyentes aún siguen aplicando la deducción, siempre que se cumplan ciertos requisitos.
Ahora, además, una reciente resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) permite, por primera vez, deducir en el IRPF la cancelación de la hipoteca, incluso cuando se paga con el dinero obtenido tras vender la vivienda. Este cambio, que ha corregido la interpretación que la Agencia Tributaria mantenía desde hace años, afecta a todos aquellos que buscan desgravar su hipoteca firmada antes 2013.
Hasta ahora, Hacienda solo admitía la deducción por las cuotas de la hipoteca pagadas antes de vender la vivienda y solo se podían deducir las cuotas de la hipoteca mientras se vivía en la casa y era de propiedad. A partir de ahora, quienes vendan su vivienda habitual adquirida antes de 2013 y cancelen la hipoteca con el dinero de la operación podrán incluir esa cantidad en la base de deducción del ejercicio correspondiente.
Este cambio es significativo y abre la puerta a miles de devoluciones fiscales. Para poder beneficiarse de esta ventaja fiscal es indispensable cumplir algunas condiciones:
Finalmente, es importante recordar que los contribuyentes podrán presentar declaraciones rectificativas de los ejercicios no prescritos (2021, 2022, 2023 y 2024). El plazo legal de prescripción es de cuatro años, por lo que los ejercicios anteriores ya no pueden revisarse.
Esta decisión del TEAC es una de las más relevantes en materia de IRPF de los últimos años. Aclara una situación que generaba muchas dudas y supone un respiro económico para millones de españoles que venden su casa y cancelan su hipoteca al mismo tiempo.
En realidad, en un momento marcado por los altos precios de la vivienda y por unos tipos de interés elevados, este nuevo criterio puede ser la última oportunidad real de aprovechar la deducción fiscal por inversión en vivienda habitual antes de que desaparezca definitivamente de la declaración del IRPF.
Tendencias29 de enero de 2025
Compartir en
La deducción por inversión en vivienda habitual desapareció para las nuevas compras a partir de 2013, pero si adquiriste tu casa antes de esa fecha aún puedes disfrutar de un derecho fiscal importante. Un cambio reciente en el criterio administrativo permite algo que hasta ahora no estaba claro: deducir en el IRPF la cancelación de la hipoteca, incluso cuando se paga con el dinero obtenido tras vender la vivienda.
La deducción por inversión en vivienda habitual fue uno de los incentivos fiscales más extendidos en España durante décadas. Permitía deducir un porcentaje de las cantidades destinadas cada año a la compra o rehabilitación de la vivienda habitual.
Aunque, desde el 1 de enero de 2013, esta deducción quedó suprimida para las nuevas adquisiciones, la normativa incluyó un régimen transitorio para proteger a quienes ya habían comprado su vivienda con anterioridad. Gracias a este régimen, hoy miles de contribuyentes aún siguen aplicando la deducción, siempre que se cumplan ciertos requisitos.
Ahora, además, una reciente resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) permite, por primera vez, deducir en el IRPF la cancelación de la hipoteca, incluso cuando se paga con el dinero obtenido tras vender la vivienda. Este cambio, que ha corregido la interpretación que la Agencia Tributaria mantenía desde hace años, afecta a todos aquellos que buscan desgravar su hipoteca firmada antes 2013.
Hasta ahora, Hacienda solo admitía la deducción por las cuotas de la hipoteca pagadas antes de vender la vivienda y solo se podían deducir las cuotas de la hipoteca mientras se vivía en la casa y era de propiedad. A partir de ahora, quienes vendan su vivienda habitual adquirida antes de 2013 y cancelen la hipoteca con el dinero de la operación podrán incluir esa cantidad en la base de deducción del ejercicio correspondiente.
Este cambio es significativo y abre la puerta a miles de devoluciones fiscales. Para poder beneficiarse de esta ventaja fiscal es indispensable cumplir algunas condiciones:
Finalmente, es importante recordar que los contribuyentes podrán presentar declaraciones rectificativas de los ejercicios no prescritos (2021, 2022, 2023 y 2024). El plazo legal de prescripción es de cuatro años, por lo que los ejercicios anteriores ya no pueden revisarse.
Esta decisión del TEAC es una de las más relevantes en materia de IRPF de los últimos años. Aclara una situación que generaba muchas dudas y supone un respiro económico para millones de españoles que venden su casa y cancelan su hipoteca al mismo tiempo.
En realidad, en un momento marcado por los altos precios de la vivienda y por unos tipos de interés elevados, este nuevo criterio puede ser la última oportunidad real de aprovechar la deducción fiscal por inversión en vivienda habitual antes de que desaparezca definitivamente de la declaración del IRPF.
Compartir en
Sobre tu privacidad
Utilizamos cookies propias y de terceros para fines analíticos y mejorar la funcionalidad de nuestra web y/o mostrarle contenidos personalizados en base al perfil que hemos elaborado en función de sus hábitos de navegación. Al pulsar en “Aceptar todas” se entiende que ha sido informado y acepta la instalación y uso de todas las cookies seleccionadas. Puede pulsar “Configurar Cookies” para configurar o rechazar las cookies. Para más información o deshabilitar las cookies en cualquier momento visite nuestra Política de cookies.
Configura las cookies
¿Qué son las cookies?
Cualquier sitio web que visites puede almacenar o recuperar información en tu navegador, principalmente a través de las cookies. Esta información puede ser sobre ti, tus preferencias o tu dispositivo y se utiliza pricipalmente para hacer que el sitio funcione como esperas que lo haga. La información no suele identificarte directamente, pero sí puede ofrecerte una experiencia web más personalizada. Respetamos tu derecho a la intimidad, de modo que puedes negarte a admitir determinados tipos de cookies. Haz clic en los diferentes títulos de las categorías para obtener más información y cambiar nuestra configuarción predeterminada. Sin embargo, bloquear algunos tipos de cookies puede afectar a tu experiencia con el sitio y los servicios que te podemos ofrecer.
Optando por "Guardar selección" sin haber seleccionado ninguna cookie, quedarán rechazadas cookies distintas a las necesarias.
Cookies técnicas
Estas cookies permiten las funciones básicas y son necesarias para el correcto uso de la página web, en tanto que permite navegación en la página y utilizar las diferentes opciones o servicios que tiene. Con ellas podemos, por ejemplo, identificarte durante la sesión, darte acceso a partes de acceso restringido, y utilizar elementos de seguridad durante tu navegación.
Cookies de preferencias
Estas cookies permiten la experiencia del usuario y almacenar sus preferencias. Por ejemplo, son aquellas cookies que guardan tus preferencias de búsqueda del sitio.
Cookies de medición
Estas cookies permiten contar las visitas y las fuentes de tráfico para poder medir y mejorar el rendimiento de la página web. Usamos estas cookies a fin de mejorar el servicio ofrecido a los usuarios. Toda la información recogida por estas cookies es agregada y, por lo tanto, anónima.
Cookies de publicidad
Estas cookies de nuestros socios publicitarios se utilizan para poder ofrecerle publicidad que pueda ser de su interés, para poder recibir mensajes personalizados y compartir sus datos con las herramientas publicitarias de Google. En caso de no haber aceptado estas cookies, los anuncios seguirán mostrándose, pero dejarán de estar personalizados.