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La Comunidad de Madrid es la primera de España en ampliar los beneficiarios en la nueva rebaja fiscal del impuesto sobre sucesiones y donaciones. La región aumenta la bonificación fiscal entre hermanos, tíos y sobrinos. Esta reforma supondrá un ahorro de 140 millones de euros anuales. 

La Comunidad de Madrid es la región con los impuestos más bajos de España. Y ahora también se desmarca en la fiscalidad de las herencias. Hace pocas semanas, el Consejo de Gobierno daba luz verde a la reforma de la Ley de Sucesiones y Donaciones donde destaca una rebaja fiscal para alrededor de 14.000 ciudadanos madrileños, con un ahorro estimado de 140 millones de euros anuales. 

La región se convierte con esta nueva reforma en la primera de España que amplía los beneficiarios entre hermanos, tíos y sobrinos. Además, la nueva rebaja fiscal a las herencias y donaciones se podrá aplicar a otros tipos de parentesco. 
 

El impuesto de sucesiones y donaciones es un tributo sujeto a bonificaciones que varían según la zona de España, pero también según la relación familiar o personal con la persona fallecida. 

Con la recién reforma en el impuesto de sucesiones y donaciones en la Comunidad de Madrid, se pasa a ofrecer distintos beneficios fiscales para los familiares de los difuntos. Pero no solo eso, estos cambios de 2025 también simplifican los procedimientos en los que se dona una cuantía menor. 

Concretamente, la reforma del impuesto sobre herencias en Madrid, que se espera que entre en vigor durante los próximos meses, elevará del 25% al 50% la bonificación para las operaciones entre hermanos, tíos y sobrinos por consanguinidad, y también a todo el grupo III de parentesco. Es decir, la Comunidad de Madrid extiende las bonificaciones en sucesiones también a suegros, cuñados, yernos y nueras. 

Además, se incrementa al 100% en el caso de las donaciones esporádicas entre particulares que sean inferiores a 1.000 euros. Es decir, con esta reforma fiscal se elimina la obligación de presentar autoliquidación por debajo de esa cifra. Paralelamente, el Gobierno regional también eliminará el requisito formal de otorgamiento de documento público ante notario para donaciones de hasta 10.000 euros.

Con esta nueva rebaja son ya un total de 32 las bajadas de impuestos en la Comunidad de Madrid aprobadas desde 2019. Madrid es, a su vez, la única Comunidad Autónoma que no tiene tributos propios. 
 

Esta reforma del impuesto sobre las herencias en Madrid se enmarca en el plan del Gobierno madrileño para aliviar la carga fiscal de sus ciudadanos. La medida beneficiará especialmente a familias que heredan o reciben donaciones entre parientes cercanos. 

Se considera que, con estos cambios, se va a facilitar la transmisión de bienes y patrimonio sin cargas impositivas excesivas. Además, es importante tener en cuenta, a la hora de tributar una herencia de una persona fallecida, otros cambios legales. 

Según una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, los bienes domésticos y enseres personales de un difunto deben tributarse dentro del impuesto de sucesiones, siempre y cuando todos ellos estén mencionados en el testamento. Se calcula que este ajuar doméstico se valora en, aproximadamente, un 3% del patrimonio heredado.
 

Así queda el impuesto de sucesiones en Madrid tras la última reforma

Vivienda5 de junio de 2025

La Comunidad de Madrid es la primera de España en ampliar los beneficiarios en la nueva rebaja fiscal del impuesto sobre sucesiones y donaciones. La región aumenta la bonificación fiscal entre hermanos, tíos y sobrinos. Esta reforma supondrá un ahorro de 140 millones de euros anuales. 

La Comunidad de Madrid es la región con los impuestos más bajos de España. Y ahora también se desmarca en la fiscalidad de las herencias. Hace pocas semanas, el Consejo de Gobierno daba luz verde a la reforma de la Ley de Sucesiones y Donaciones donde destaca una rebaja fiscal para alrededor de 14.000 ciudadanos madrileños, con un ahorro estimado de 140 millones de euros anuales. 

La región se convierte con esta nueva reforma en la primera de España que amplía los beneficiarios entre hermanos, tíos y sobrinos. Además, la nueva rebaja fiscal a las herencias y donaciones se podrá aplicar a otros tipos de parentesco. 
 

Cómo queda el impuesto de sucesiones en Madrid

El impuesto de sucesiones y donaciones es un tributo sujeto a bonificaciones que varían según la zona de España, pero también según la relación familiar o personal con la persona fallecida. 

Con la recién reforma en el impuesto de sucesiones y donaciones en la Comunidad de Madrid, se pasa a ofrecer distintos beneficios fiscales para los familiares de los difuntos. Pero no solo eso, estos cambios de 2025 también simplifican los procedimientos en los que se dona una cuantía menor. 

Concretamente, la reforma del impuesto sobre herencias en Madrid, que se espera que entre en vigor durante los próximos meses, elevará del 25% al 50% la bonificación para las operaciones entre hermanos, tíos y sobrinos por consanguinidad, y también a todo el grupo III de parentesco. Es decir, la Comunidad de Madrid extiende las bonificaciones en sucesiones también a suegros, cuñados, yernos y nueras. 

Además, se incrementa al 100% en el caso de las donaciones esporádicas entre particulares que sean inferiores a 1.000 euros. Es decir, con esta reforma fiscal se elimina la obligación de presentar autoliquidación por debajo de esa cifra. Paralelamente, el Gobierno regional también eliminará el requisito formal de otorgamiento de documento público ante notario para donaciones de hasta 10.000 euros.

Con esta nueva rebaja son ya un total de 32 las bajadas de impuestos en la Comunidad de Madrid aprobadas desde 2019. Madrid es, a su vez, la única Comunidad Autónoma que no tiene tributos propios. 
 

Cómo tributar las sucesiones en Madrid

Esta reforma del impuesto sobre las herencias en Madrid se enmarca en el plan del Gobierno madrileño para aliviar la carga fiscal de sus ciudadanos. La medida beneficiará especialmente a familias que heredan o reciben donaciones entre parientes cercanos. 

Se considera que, con estos cambios, se va a facilitar la transmisión de bienes y patrimonio sin cargas impositivas excesivas. Además, es importante tener en cuenta, a la hora de tributar una herencia de una persona fallecida, otros cambios legales. 

Según una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, los bienes domésticos y enseres personales de un difunto deben tributarse dentro del impuesto de sucesiones, siempre y cuando todos ellos estén mencionados en el testamento. Se calcula que este ajuar doméstico se valora en, aproximadamente, un 3% del patrimonio heredado.
 

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