Blog Servihabitat
Novedades del sector inmobiliario
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Un autónomo puede tener muchos y diversos motivos para traspasar su negocio. Se puede jubilar, cambiar de objetivos profesionales o cambiar de residencia. Por su parte, el comprador juega con la ventaja de poder empezar rápidamente con un negocio ya en marcha. Eso sí, habrá que cerrar ciertos trámites. Por ejemplo, el ayuntamiento emite una licencia de apertura para un titular en concreto. Al hacer el cambio, también debe modificarse esa titularidad.
El comercio supone ya el 13,7% del PIB de la economía española. Según los últimos datos publicados por el INE en septiembre de 2022, el comercio minorista, en concreto, constituye por sí solo algo más del 5% del PIB total. Eso sí, todos estos negocios no siempre corren la misma suerte.
El emprendedor se puede encontrar en el camino muchos motivos por los que cesar su negocio: por su escaso rendimiento, porque quiere dar un giro a su carrera laboral o puede darse que se acerque el momento de su jubilación. Antes de cerrar la tienda o comercio, puede intentar otra alternativa: el traspaso.
Esta sustitución del inquilino es una muy buena salida que beneficia a las dos partes, al que se va y al que viene. Un traspaso de negocio es un contrato de cesión de todos los bienes y activos comerciales, que incluyen el mobiliario, maquinaria, los clientes, las marcas o licencias y el contrato de arrendamiento.
A la hora de seguir esta fórmula es importante que tanto el autónomo que traspasa (también llamada parte cediente) como la persona que se va a hacer cargo del local (la parte adquiriente) sigan unos pasos legales y estar atentos a ciertos consejos.
El que traspasa el negocio va a tener que darlo a conocer anunciándolo en Internet, inmobiliarias o usando el boca a boca. Además, deberá fijar un precio mínimo que cubra gastos como las deudas o pagos pendientes y garantice un remanente de beneficios. Esta será, sin duda, una de las partes más importantes de la negociación.
Aunque el arrendatario puede ceder el contrato de alquiler a un nuevo emprendedor sin que el propietario del local de el consentimiento, sí hay que comunicarlo. El inquilino que deja el local debe avisar de su cesión o subarrendamiento en el plazo de un mes desde que se produzca. Eso sí, el propietario tiene el derecho, por su parte, de incrementar el valor de la renta en un porcentaje de hasta el 20% a la parte adquiriente tal y como informa la legislación aplicable a los traspasos de negocio, la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos.
En la otra cara de la moneda, la persona que tenga en mente emprender o fundar su propio negocio debe obtener el máximo posible de información del local y/o comercio. Esto incluye, por ejemplo, conocer la antigüedad del negocio, su inversión inicial, la tipología de clientes y su evolución, la renta mensual por el alquiler del local, el volumen de facturación actual e informarse, entre otros aspectos, si la empresa a traspasar está al corriente de pagos.
Y siempre es aconsejable asesorarse profesionalmente para respetar las obligaciones fiscales que genera un negocio. Será obligatorio, por ejemplo, elaborar un contrato mercantil de traspaso de negocio cuando ambas partes hayan llegado a un acuerdo final. Aquí quedarán por escrito todas las condiciones de la cesión. También es necesaria una licencia de apertura expedida por el ayuntamiento. El nuevo inquilino deberá acudir a la administración para realizar el cambio de nombre de titular.
Locales y oficinas27 de octubre del 2023
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Un autónomo puede tener muchos y diversos motivos para traspasar su negocio. Se puede jubilar, cambiar de objetivos profesionales o cambiar de residencia. Por su parte, el comprador juega con la ventaja de poder empezar rápidamente con un negocio ya en marcha. Eso sí, habrá que cerrar ciertos trámites. Por ejemplo, el ayuntamiento emite una licencia de apertura para un titular en concreto. Al hacer el cambio, también debe modificarse esa titularidad.
El comercio supone ya el 13,7% del PIB de la economía española. Según los últimos datos publicados por el INE en septiembre de 2022, el comercio minorista, en concreto, constituye por sí solo algo más del 5% del PIB total. Eso sí, todos estos negocios no siempre corren la misma suerte.
El emprendedor se puede encontrar en el camino muchos motivos por los que cesar su negocio: por su escaso rendimiento, porque quiere dar un giro a su carrera laboral o puede darse que se acerque el momento de su jubilación. Antes de cerrar la tienda o comercio, puede intentar otra alternativa: el traspaso.
Esta sustitución del inquilino es una muy buena salida que beneficia a las dos partes, al que se va y al que viene. Un traspaso de negocio es un contrato de cesión de todos los bienes y activos comerciales, que incluyen el mobiliario, maquinaria, los clientes, las marcas o licencias y el contrato de arrendamiento.
¿Qué hay que valorar?
A la hora de seguir esta fórmula es importante que tanto el autónomo que traspasa (también llamada parte cediente) como la persona que se va a hacer cargo del local (la parte adquiriente) sigan unos pasos legales y estar atentos a ciertos consejos.
El que traspasa el negocio va a tener que darlo a conocer anunciándolo en Internet, inmobiliarias o usando el boca a boca. Además, deberá fijar un precio mínimo que cubra gastos como las deudas o pagos pendientes y garantice un remanente de beneficios. Esta será, sin duda, una de las partes más importantes de la negociación.
Aunque el arrendatario puede ceder el contrato de alquiler a un nuevo emprendedor sin que el propietario del local de el consentimiento, sí hay que comunicarlo. El inquilino que deja el local debe avisar de su cesión o subarrendamiento en el plazo de un mes desde que se produzca. Eso sí, el propietario tiene el derecho, por su parte, de incrementar el valor de la renta en un porcentaje de hasta el 20% a la parte adquiriente tal y como informa la legislación aplicable a los traspasos de negocio, la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos.
En la otra cara de la moneda, la persona que tenga en mente emprender o fundar su propio negocio debe obtener el máximo posible de información del local y/o comercio. Esto incluye, por ejemplo, conocer la antigüedad del negocio, su inversión inicial, la tipología de clientes y su evolución, la renta mensual por el alquiler del local, el volumen de facturación actual e informarse, entre otros aspectos, si la empresa a traspasar está al corriente de pagos.
Y siempre es aconsejable asesorarse profesionalmente para respetar las obligaciones fiscales que genera un negocio. Será obligatorio, por ejemplo, elaborar un contrato mercantil de traspaso de negocio cuando ambas partes hayan llegado a un acuerdo final. Aquí quedarán por escrito todas las condiciones de la cesión. También es necesaria una licencia de apertura expedida por el ayuntamiento. El nuevo inquilino deberá acudir a la administración para realizar el cambio de nombre de titular.
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